COMUNICADO OFICIAL
COPEREI — Centro de Cooperación y Relaciones Internacionales
15 de agosto de 2026
El Centro de Cooperación y Relaciones Internacionales — COPEREI se dirige a la comunidad internacional, a los organismos multilaterales de derechos humanos y a los Estados cooperantes con Ecuador para comunicar con carácter de urgencia el transfemicidio de Laura, mujer trans cuyo cuerpo fue encontrado decapitado y descuartizado en la parroquia Venus del Río Quevedo, cantón Quevedo, provincia Los Ríos, República del Ecuador, entre el 13 y 14 de agosto de 2026.
Este comunicado se emite en articulación con el Observatorio Runa Sipiy de la Asociación Silueta X — sistema de monitoreo comunitario de violencias contra personas LGBT+ en Ecuador, activo de manera ininterrumpida desde 2013 y reconocido como fuente primaria de documentación en la materia — cuyo boletín oficial, análisis criminológico, jurídico y forense del caso está disponible en:
I. DESCRIPCIÓN DE LOS HECHOS
Entre la noche del 13 y el mediodía del 14 de agosto de 2026, fueron hallados en dos puntos distintos de la parroquia Venus del Río Quevedo los restos humanos de una mujer trans identificada con el nombre protegido de Laura, cuya identidad legal se encuentra pendiente de confirmación forense. Los restos fueron abandonados en un saco por sujetos que se movilizaban en una camioneta con cobertura facial, a plena luz del día, en un acto que el Observatorio Runa Sipiy ha clasificado criminológicamente como Perfil A — Crimen Organizado / Sicariato, código de caso SX-2026-045.
Al momento de emisión de este comunicado, la Fiscalía General del Estado ecuatoriano no ha abierto expediente investigativo formal, la DINASED no ha confirmado la plena identificación de la víctima y el Estado no ha emitido pronunciamiento oficial alguno sobre el caso.
II. MARCO JURÍDICO INTERNACIONAL APLICABLE
El Estado ecuatoriano ha suscrito y ratificado instrumentos internacionales de derechos humanos que generan obligaciones concretas e inmediatas ante hechos de esta naturaleza:
▸ Convención Americana sobre Derechos Humanos — Arts. 4 (derecho a la vida), 8 (garantías judiciales) y 25 (protección judicial): el Estado tiene obligación de investigar, sancionar y reparar toda violación al derecho a la vida con debida diligencia.
▸ Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer — Belém do Pará — Art. 7: los Estados deben actuar con la debida diligencia para investigar y sancionar la violencia contra la mujer, incluyendo a las mujeres trans conforme a la interpretación evolutiva del sistema interamericano.
▸ Principios de Yogyakarta y Principios de Yogyakarta +10 — Principio 4 (derecho a la vida) y Principio 33 (acceso a la justicia): los Estados deben garantizar que las personas LGBT+ tengan acceso efectivo a mecanismos de justicia sin discriminación por identidad de género.
▸ Resolución A/HRC/RES/32/2 del Consejo de Derechos Humanos de la ONU — sobre protección contra la violencia y la discriminación por orientación sexual e identidad de género: insta a los Estados a investigar con prontitud y eficacia los crímenes motivados por prejuicios de identidad de género.
La ausencia de proceso investigativo formal ante un transfemicidio con estas características constituye una omisión estatal grave que podría configurar responsabilidad internacional del Estado ecuatoriano ante el Sistema Interamericano de Derechos Humanos.
III. LLAMADO A LA COMUNIDAD INTERNACIONAL
COPEREI hace un llamado formal y urgente a:
▸ Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)
Que incluya este caso en su monitoreo activo sobre la situación de derechos humanos en Ecuador, solicite información al Estado sobre el estado de la investigación y evalúe la adopción de medidas cautelares si la impunidad persiste.
▸ Experto Independiente de Naciones Unidas sobre orientación sexual e identidad de género (IE SOGI-ONU)
Que se pronuncie públicamente sobre el patrón sistemático de transfemicidios en Ecuador y solicite al Estado información verificable sobre las acciones tomadas en este caso y en los anteriores documentados por el Observatorio Runa Sipiy desde 2013.
▸ Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) y Organización Internacional para las Migraciones (OIM)
Que incorporen la situación de las mujeres trans en Ecuador como variable de análisis en la evaluación de solicitudes de protección internacional, reconociendo que el patrón de violencia documentado demuestra que Ecuador no garantiza condiciones de seguridad digna para esta población.
▸ Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH)
Que registre este caso dentro de su seguimiento a la situación de derechos humanos en Ecuador y lo incluya en el próximo ciclo del Examen Periódico Universal (EPU).
▸ Estados cooperantes y agencias de cooperación internacional presentes en Ecuador
Que en el marco de sus programas de apoyo al Estado de derecho, la seguridad ciudadana y los derechos humanos, incorporen como indicador de evaluación la respuesta institucional ante crímenes de odio y transfemicidios, y condicionen la cooperación en materia de seguridad a la existencia de protocolos efectivos con enfoque de género y diversidad.
▸ Transgender Europe (TGEU) e ILGA World
Que registren el caso SX-2026-045 en sus bases de datos internacionales de monitoreo de violencia transfóbica y lo incluyan en sus informes de incidencia ante Naciones Unidas y el Parlamento Europeo.
IV. POSICIÓN DE COPEREI
COPEREI reconoce y valora el trabajo sostenido del Observatorio Runa Sipiy de la Asociación Silueta X como la institución que desde 2013 ha asumido la responsabilidad de documentar lo que el Estado ecuatoriano ha sido incapaz o renuente de registrar. Su metodología, su cobertura nacional articulada con la Plataforma Nacional Revolución Trans — CoaliTrans (22 colectivos) y la Federación Ecuatoriana de Organizaciones LGBT+ (73 colectivos), y su rigor en el manejo de datos lo posicionan como referente indispensable para cualquier análisis internacional sobre derechos humanos LGBT+ en Ecuador.
La comunidad internacional no puede seguir ignorando que mientras Ecuador suscribe tratados y participa en foros de derechos humanos, las mujeres trans ecuatorianas son ejecutadas con métodos propios del crimen organizado y enterradas sin expediente, sin nombre oficial y sin justicia.
El silencio internacional también es una forma de complicidad.
Para acceso al informe oficial, datos estadísticos del Observatorio Runa Sipiy o coordinación de declaraciones institucionales para medios internacionales:
📩 info@siluetax.org | siluetax@gmail.com
🌐 www.siluetax.org | @siluetax
COPEREI — Centro de Cooperación y Relaciones Internacionales
En articulación con: Asociación Silueta X | Observatorio Runa Sipiy
Plataforma Nacional Revolución Trans — CoaliTrans | Federación Ecuatoriana de Organizaciones LGBT+
Fuente primaria del caso: https://siluetax.org/2026/08/15/transfemicidio-con-decapitamiento-y-descuartizamiento-en-quevedo-ecuador/
